Ministerio-de-Justicia1_1.jpg
Reforma del código electoral incluye el derecho a voto de reclusos
Publicado: 06/14/16 05:20:p. m.

El TSJE se encuentra elaborando el anteproyecto de reforma del código electoral que será elevado al Congreso. Prevén modificar por lo menos 50 artículos.

Los integrantes Comisión de Reforma Electoral individualizaron los artículos que deben ser modificados y las adecuaciones necesarias a las Leyes N° 635 “que Reglamenta la Justicia Electoral” y la N° 834 “Código Electoral Paraguayo”.

Los abogados Modesto Núñez, Superintendente; Hernán Cibils, Fabiana Marín y Gustavo Rojas, asesores jurídicos del TSJE, han apuntado al menos 50 artículos a reglamentar en ambas normativas, considerando que el objetivo es presentar el documento base, antes que concluya el actual periodo parlamentario.

Respecto a Ley 834, corresponde la actualización del sistema electoral en general, también con incorporación de tecnología, fundamentalmente, la restitución del derecho al voto de los privados de su libertad sin condena.

Entre las modificaciones al código electoral se incluye la restitución del derecho al voto de los presos.

Núñez explicó que aún está pendiente consensuar las recomendaciones que serán presentadas, que se orientan básicamente a la actualización de aspectos de la Ley 635 que guardan relación con la integración de las Juntas Cívicas y las mesas receptoras de votos. La intención es estructurar un órgano competente que ejecute eficientemente las tareas de las Juntas Cívicas, sin injerencias.

En cuanto a la integración de las mesas, la propuesta busca una mayor y mejor representación de los partidos políticos. Otro aspecto que requiere una reestructuración es el referente al marco legal electoral, relacionado a su vez con el voto en el exterior, punto que incluye la incorporación de tecnología biométrica y electrónica, tanto en el padrón como en el sistema de sufragio. Para ello se prevé la inclusión de un capítulo especial del tema.

Un capítulo en particular contemplará según se proyecta, todo lo relacionado a las organizaciones intermedias, teniendo en cuenta que el actual Código, reglamenta puntualmente, la vida institucional de partidos y movimientos políticos, no así de estas organizaciones.

También en el marco de modificación de los 50 artículos de la ley electoral vigente, se aguarda que el Ministerio Público eleve sus propuestas en torno a la reglamentación de las faltas electorales, aspecto aún no previsto en la normativa, específicamente en cuanto a la aplicación de sanciones o multas.

Las recomendaciones que eventualmente pudiera elevar la Fiscalía sería crucial en materia de delitos electorales, en lo tocante a la propaganda extemporánea en internet, principalmente, en las redes sociales. Una jurisdicción donde la normativa aún no ha llegado.

Fuente U hora


Temas / Categorías
No hay Temas

Compartir esta noticia


Últimas Noticias Publicadas